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viernes, 10 de septiembre de 2010
Sistema de protección por cese de actividad de los Trabajadores Autónomos

Con fecha 6 de agosto, se ha publicado en el BOE la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad (desempleo) de los trabajadores autónomos, que entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el BOE.


BOE 190. Ley 32/2010 Protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.

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La prestación económica por Incapacidad Temporal por Accidente de Trabao o Enfermedad Profesional le será abonada al trabajador por la Empresa mediante el sistema de pago delegado.

La cuantía será el 75% de la Base Reguladora del trabajador accidentado.

En el caso de que el contrato de trabajo se hubiese extinguido durante la situación de Incapacidad Temporal, SOLIMAT asumirá el abono directo de esta prestación conforme a la legislación vigente.

La duración máxima de la prestación por Incapacidad Temporal es de 12 meses, prorrogables por 6 meses más.

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