Cuando un empresario ha optado por cubrir la prestación económica con la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales con quien tiene cubierto el riesgo laboral, es la Mutua quien gestiona dicha prestación económica.
Cuantía de la Prestación: La prestación económica por Incapacidad Temporal le será abonada al trabajador por la Empresa mediante el sistema de pago delegado.
En el caso de que el contrato de trabajo se hubiese extinguido durante la situación de Incapacidad Temporal, Solimat asumirá el abono directo de esta prestación conforme a la legislación vigente.
La duración máxima de la prestación por Incapacidad Temporal es de 12 meses, prorrogables por 6 meses más.